La I.T.E ( Inspección
Técnica de Edificios ) es una inspección obligatoria que
han de pasar todos los edificios en función de su año
de construcción para acreditar su estado de seguridad constructiva
cualquiera que sea su destino : viviendas , oficinas , industrial
, comercio , etcétera.
Esta inspección es realizada por Aparejadores o Arquitectos Técnicos
colegiados , ya que las Actas resultantes han de ser visadas por el
Colegio Profesional.
En función del año de construcción deben pasar
la ITE :
| Año
de Construcción del Edificio |
Año que debe pasar
la ITE: |
| Entre
1953 y 1958 |
2004 |
| Entre 1959 y 1961 |
2005 |
| Entre 1962 y 1965 |
2006 |
| Entre 1956 y 1969 |
2007 |
| Entre 1970 y 1974 |
2008 |
| Entre 1975 y 1978 |
2009 |
| A partir de 1979 |
2010 |
| Edificios que cumplan 30 años
|
Al año siguiente de cumplir 30 años |
Una
vez pasada la primera ITE se entra en un programa de revisión decenal
( cada diez años hay que volver a pasar la Inspección).
Conozca
sobre la ITE |
A la hora de pedir precios de la
ITE encontrará empresas y/o técnicos con precios sorprendentemente
bajos. Normalmente estas personas utilizan la ITE como puerta de acceso
a presupuestos mucho mayores , ya que su interés de fondo es realizar
un Proyecto posterior para la reparación de las incidencias que
se detecten ( y normalmente aparecen bastante más de las necesarias
) , o bien presentar a “alguien” que conocen y que , casualmente
, esta en disposición de hacer las obras que sean necesarias a
su criterio ( que normalmente también están muy por encima
de las obras estrictamente necesarias ).
La solución por nuestra parte es fácil :
Hacemos los presupuestos para la ITE sobre baremos oficiales con un 10
% de descuento.
La inspección determina única y exclusivamente los
elementos constructivos del edificio que suponen un riesgo para su seguridad
constructiva.
NUNCA hacemos proyectos ni obras , ni recomendamos a nadie para ello ,
en los edificios a los que pasamos la ITE .
|
Una vez contraten
la ITE y se pase la inspección , el técnico emite un Acta
oficial con el resultado , el cual puede ser Favorable o Desfavorable.
En caso de ser Desfavorable , el Ayuntamiento les mandará una
orden de ejecución con plazos , al estar ustedes obligados a
reparar los elementos que estén dañados y , posteriormente
, contratar otro técnico ( o el mismo ) que certifique que han
reparado todo.
Éste segundo certificado tiene un coste similar al de la ITE
en sí , ya que obliga a una 2ª inspección.
Nosotros lo hacemos de una forma diferente : Una vez pasada la ITE ,
si esta es Desfavorable , se emite una Pre-Acta de uso exclusivo para
usted (que no va visada ni se presenta en el Ayuntamiento ) , para agotar
los plazos legales , cuando esto sea posible , y dar tiempo a que se
efectúen las eventuales labores de reparación que sean
necesarias. Así , cuando esté todo correcto , pasamos
una segunda vez sin sobre coste y emitimos , en su caso , el
Acta Favorable , la cual ya va visada por el Colegio Oficial y se presenta
en el Ayuntamiento .
Recuerde que nuestros precios son fijos , cerrados y sobre baremos
oficiales , con lo que evitará sorpresas
|